"DIOS, PATRIA, FAMILIA"

"AUTORIDAD, ORDEN Y JUSTİCİA"

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

¿QUÉ SON LAS CORPORACIONES?

Las corporaciones

Por Juan Manuel Barreiro Arater.


1.-Aspectos generales

La corporación es la figura jurídica que aglutina a los trabajadores un mismo sector, en principio debe existir una única corporación por rubro, ya que la multiplicidad de corporaciones dedicadas al mismo sector de la economía dificulta el funcionamiento del parlamento y podría generar competencia, la cual no tiene lugar en el orden económico integralista.

Las corporaciones aglutinan entonces a los trabajadores, orgánicamente, las corporaciones mediante el voto directo de sus afiliados, eligen sus autoridades, que son obligadamente temporales en su cargo, responsables de acuerdo a los principios generales de responsabilidades políticas del estado corporativista integralista, y son:

un secretario: encargado de mantener los registros de la corporación y los libros que establezca la ley,

un síndico, con funciones de contralor,

un tribuno, quien esta obligado por la ley a impulsarlas acciones legales que le solicite un afiliado de acuerdo a la reglamentación legal, el tribuno se subroga a nombre de la corporación en la figura del peticionante, y actúa por su mandato ante el estado,

un senador, que forma parte del parlamento corporativo y representa a la corporación en conjunto como a los miembros de esta individualmente.

Como el estado integralista no reconoce mecanismos de democracia indirecta más allá de lo estrictamente necesario debido al tamaño de la población, todos estos magistrados necesariamente han de ser electos de manera periódica y directa, sin que intermedien organizaciones políticas internas en la corporación, por lo que es necesario prohibir el uso de propaganda financiada particularmente en las elecciones internas de las corporaciones y los gastos de campaña han de ser iguales para cada candidato.

La ley establecerá las condiciones necesarias para ser candidato, los detalles de las formas de la campaña y los demás asuntos que se plantean en torno al ejercicio de estas magistraturas

Al cesar en su magistratura o ser reelecto, cada magistrado deberá someterse a investigación judicial de acuerdo a la ley de responsabilidades políticas,el proceso se sustanciará de manera independiente a la corporación, en la justicia ordinaria.


2.-Función sindical de la corporación

La corporación es una corporación sindicalizada, no se admiten los sindicatos independientes de la corporación ni la multiplicidad de sindicatos en una misma corporación, sin perjuicio de aquellas corporaciones que por su actividad requieran en su estructura interna un mayor grado de sindicalización o burocratización, lo cual es perfectamente lícito de acuerdo a los principios democráticos que rigen el ideal integralista, el magistrado encargado de las funciones sindicales en general de la corporación es el tribuno,


3.-Corporación y unidad productiva

La corporación agrupa a los trabajadores de un mismo sector otorgándoles la propiedad de los medios de producción y la exclusividad para actuar en su sector de consumo.

Cuando se trata de corporaciones que requieren por su actividad multiples ubicaciones geográficas, como las de comercialización o distribución, cada posición geográfica de la corporación es llamada “unidad productiva” y es un órgano de la corporación.

La ley determinará como funciona la unidad productiva en relación al conjunto de la corporación.

 

4.-El mercado: cooperación y competencia entre porporaciones.

Por supuesto la existencia del estado corporativo excluye tajantemente la posibilidad de propiedad individual o societaria diferente a las corporaciones de los medios de producción, en el proceso de corporativización de la economía se expropia en beneficio de las corporaciones a las empresas transnacionales.

En cambio, las empresas que logren demostrar ser de capital totalmente nacional son adquiridas por la corporación a sus propietarios, los cuales además salvo que abandonen definitivamente su actividad pasan a ser miembros de la corporación, en pie de igualdad con los demás trabajadores.

Esta igualdad no significa ausencia de jerarquías ni igual remuneración, cada miembro de la corporación recibe una cantidad de papel moneda fija, pero acorde a su dedicación, capacidad y esfuerzo, más un porcentaje de las utilidades corporativas, igualmente sujeto a su jerarquía y antigüedad en la corporación, el ejercicio presente o pasado de magistraturas no altera estos montos.